Señales

Señales


Corpos buenas, corpo mala

Posted: 04 Jan 2015 06:38 PM PST

Por: Martín Becerra
El excitado cierre de 2014 en políticas de comunicación augura un 2015 intenso, tanto a nivel político como económico, en telecomunicaciones, medios de comunicación e Internet. Aun cuando los candidatos a presidente 2015 sean retraídos en esta materia –lo que suele interpretarse como un guiño a las corporaciones del sector–, las elecciones serán salpicadas por la implementación de la flamante ley Argentina Digital, pero también por los coletazos de la admisión de la adecuación a la ley audiovisual de grupos extranjeros (Telefónica, Prisa, Ángel González) como titulares de licencias de televisión y radio y, como si eso fuera poco, por la judicialización de la desinversión del Grupo Clarín, tras la decisión del Gobierno de adecuar "de oficio" al multimedios.
Lo novedoso de esta batería de iniciativas con las que el Gobierno cerró 2014 en políticas de comunicación es que son, en esencia, contradictorias con el discurso anticoncentrador que tuvo en los últimos cinco años. El enunciado que sugería que el abuso de toda corpo resulta dañino para el interés público (es lo que validó la Corte Suprema de Justicia cuando declaró la plena constitucionalidad de la ley audiovisual en 2013) fue utilizado por el Gobierno contra una sola corpo (Clarín) y ahora transformado por la doctrina de que hay corpos buenas (Telefónica, Fintech, Telmex, DirecTV) y otra mala. Desde la teoría política, este giro habilita a pensar al Estado como un actor que resume contradicciones y relaciones de fuerzas del conjunto social, y que cuenta con un personal dirigente cuyas resoluciones son ostensiblemente interesadas.
El kirchnerismo, que es el ciclo político con mayor continuidad en los últimos cien años en la Argentina, reactivó el foquismo judicial con el Grupo Clarín relativo a la ley audiovisual, lo que se extenderá por lo menos durante 2015. A este conflicto estuvo subordinada la política de medios desde 2009, aunque nunca como en este mes el Gobierno había exhibido su respaldo a las telefónicas que, económicamente, tienen una envergadura superior al mayor multimedios.
Pero el aval para que las telefónicas ofrezcan servicios de TV por cable aprovechando su infraestructura no significa que automáticamente ello suceda, porque el sector de telecomunicaciones tiene que afrontar la reciente cesión de espectro para la telefonía móvil (4G) y porque sus planes de negocios en el país no fueron, hasta ahora, agresivos en el sector audiovisual (incluso cuando Telefónica está presente en TV abierta desde hace 15 años, ya que controla nueve licencias en el país, lo que ahora fue formalizado por el Gobierno).
A las disputas por mercados que tienen el doble valor de lo simbólico y lo económico, se suma la postergada agenda de la "democratización", es decir que, además de la escena protagonizada por los conglomerados infocomunicacionales (las corpos), está pendiente la prometida apertura de espacios para que se sumen nuevas voces al ruedo mediático.
Queda para 2015 un temario colosal. Los sectores convergentes de telecomunicaciones, medios e internet podrían cambiar si la enorme infraestructura de fibra óptica desplegada y coordinada por el Estado (Argentina Conectada), hasta ahora mayormente inutilizada, fuera puesta en
funcionamiento. A ello se suman varias incógnitas: ¿qué sucederá con las licencias audiovisuales que vencen a partir de 2016; con la intervención estatal en el financiamiento de los medios privados a través de la publicidad oficial y de otros recursos; con la gestión de los medios estatales que combina propuestas originales de buena factura técnica con una línea editorial partisana e intolerante a la diferencia de perspectivas y una tercerización pronunciada de la producción de contenidos; con los criterios –opacos– de administración del programa Fútbol para Todos y con su acceso gratuito, y con la migración progresiva de la televisión analógica a la televisión digital terrestre?
*Especialista en medios (en Twitter: @aracalacana)
Fuente: Diario Perfil

Rally Dakar 2015: secretos que matan

Posted: 04 Jan 2015 12:09 PM PST

El Gobierno nacional gastará más de 32 millones de dólares para solventar el Rally Dakar 2015
Por: Raúl A. Montenegro*
El Rally Dakar de recorridos africanos debió abandonar ese continente no solamente por amenazas terroristas, sino también por la inaceptable muerte de niños, mujeres y adultos provocada por los pilotos y la maquinaria que acompaña a cada competencia. El Dakar ya causó directa e indirectamente más de medio centenar de muertes, muchos de ellos niños y madres africanas, y una mujer en Córdoba (2010). Hasta el año 2006, sólo se daban a conocer los nombres de los pilotos muertos. Los atropellados no contaban. Ese año se comunicó por primera vez el nombre de una víctima: Boubakar Diallo, un niño de Guinea, de 10 años, atropellado entre Lobé y Tambacounda por un vehículo del Rally Dakar.
Mientras preparaba esta nota, diciembre de 2014, fue imposible conocer –a pocos días del paso del Rally Dakar por territorio cordobés–cuál será su itinerario preciso. Habrá por lo tanto una gran cantidad de hogares, explotaciones rurales y actividades turísticas directamente afectados por la competencia. Quienes viven en esos lugares no podrán proteger sus vidas y sus bienes simplemente porque los organizadores –y el Gobierno provincial– mantienen el recorrido en secreto.
Cuando a un piloto se le informan los sitios en que correrá pocas horas antes de la largada, mayor es la posibilidad de que sufra o provoque un accidente, y menor el tiempo disponible para que los ciudadanos podamos protegernos del Dakar.
A la información la tiene la Secretaría de Ambiente, pues por Ley Provincial 10.208 los organizadores debieron presentar Aviso de Proyecto a fin de obtener (o no) la autorización para realizar el Dakar en Córdoba.

Nuevo colonialismo
En pleno siglo 21, parecemos la nueva África colonial; en este caso, de Amaury Sport (ASO), con la complicidad del Gobierno nacional, que entregó cuatro millones de dólares a los organizadores del Dakar 2015, y que desembolsará el equivalente a 28,5 millones de dólares para solventar los gastos de la competencia. En total, más de 32 millones de dólares, a los que deben sumarse las complicidades gubernamentales de varias provincias, entre ellas Córdoba.
Funcionarios nacionales como Enrique Meyer, Ministro de Turismo, justifican el escandaloso aporte de fondos públicos, y hasta la propia competencia, por el supuesto dinero que dejará en el país. Insisten que las imágenes del Dakar atraerán más turistas.
¿De qué imágenes hablan? En el año 2011, el Rally Dakar mostró al mundo que en Córdoba, en tramos de enlace, los pilotos de la competencia podían violar impunemente las normas de tránsito. Ese año los diarios franceses ofrecieron 180 imágenes tomadas por Funam –luego presentadas a la Justicia– en las que se veía que los pilotos ponían en peligro la vida de familias enteras, sobre todo turistas, que recorrían las rutas de Córdoba. Tras la acción iniciada por Funam fue necesario que la Justicia le recordase al Gobierno provincial que debía hacer cumplir las normas y proteger la vida de las personas. En un giro patético, la propia empresa Amaury Sport pidió autorización para mostrar esas fotos a los competidores y supuestamente evitar infracciones en futuras ediciones.
¿Son conscientes Etienne Lavigne de Amaury Sport, y su representante regional, David Eli, que su empresa y ellos mismos viven gracias a una maquinaria colonial (el Rally Dakar)? ¿Pueden olvidar tan fácilmente el rostro de los niños destrozados en Mali, Burkina Faso, Mauritania, Guinea, Senegal? ¿Seguirán mirando para otro lado ante los destrozos ambientales irreparables del Dakar, ahora que le toca el turno al frágil salar de Uyuni en Bolivia? ¿Cómo puede seguir realizándose una competencia a campo abierto que los países europeos nunca permitirían, un circo hecho para producir dinero y espectáculo aunque mueran inocentes?

Que la Justicia intervenga
Desde el inicio del Rally Dakar en Argentina, como parte de ese desquicio, la Nación amplió el gasto y redistribuyó 308,9 millones de pesos en el presupuesto 2014 para financiar los costos del Rally Dakar 2015, pero sin que antes estuvieran hechos los estudios de impacto ambiental ni emitidas las autorizaciones.
La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba estableció que las denuncias judiciales efectuadas por Funam contra los organizadores locales y extranjeros del Rally Dakar 2013, y contra funcionarios nacionales y provinciales de nuestro país, deben seguir siendo investigadas por la Fiscalía de Enrique Senestrari. La causa es patrocinada por el Abogado Alejandro Zeverín.
Mientras continúan las acciones judiciales, la Secretaría de Ambiente de la Provincia mantiene un inaceptable silencio. Respecto del recorrido del Dakar 2015 en Córdoba, ¿se ha aceptado un mero Aviso de Proyecto o se le ha exigido a Amaury Sport Estudio de Impacto Ambiental?
En tal caso ¿cuándo se haría la audiencia pública? ¿Acaso no se quiso solicitar estudio de impacto ambiental justamente para evitar la audiencia pública? ¿Se expidió la Comisión Técnica Interdisciplinaria, que integra a representantes de todas las áreas de gobierno?
Demasiadas preguntas sin respuesta, lo que es lamentable, porque está en juego la vida de personas y la pobre integridad ambiental de la provincia, la peor de toda su historia, con menos del cuatro por ciento de sus bosques nativos en pie.
Para este circo colonial, los sudamericanos y africanos atropellados, la destrucción del ambiente y el pisoteo de yacimientos arqueológicos y paleontológicos son apenas un daño colateral. Bienvenidos, este es el Tercer Mundo de las lucecitas de colores, del Rally Dakar que pagamos todos, de la impunidad.
*Biólogo, profesor en la UNC, presidente de Funam y Nobel Alternativo 2004
Foto: SuperForoHonda
Fuente: La Voz

Un fallo a favor de la libertad de expresión

Posted: 04 Jan 2015 11:37 AM PST

Luego del cuestionado fallo de la jueza federal Beatriz Aranguren, que contrariamente a lo que establece la constitución nacional, pretendía que tanto DiarioJunio, como Yahoo y Google borraran el pasado molesto de Julián Quevedo, la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, integrada por Mateo Busaniche, Cintia Gómez y Daniel Alonso, revocaron ese fallo de primera instancia avalando el planteo del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) que, en el Amicus Curiae a favor de Claudio Gastaldi, señalaban que si la justicia accediera a borrar esa información se estaría violando la constitución nacional, lisa y llanamente
La información que la jueza Beatriz Aranguren, de Concepción del Uruguay; Julian Quevedo y su abogado, Roberto Beherán, pretendían era que DiarioJunio borrara el pasado que comprometía a Quevedo quien aparecía firmando solicitadas junto a su familia política (cuya cabeza era un militar que participó de delitos de lesa humanidad, de apellido Ortíz), a favor de dictadores y asesinos. Publicar esa información le costó a DiarioJunio soportar un fallo injusto y muy poco ajustado a derecho, que no solo afectó su credibilidad. Vale destacar que el abogado de Gastaldi es el actual presidente el Colegio de Abogados de Paraná, Rubén Pagliotto. Lo que sigue son algunos detalles del fallo de la Cámara y una breve reseña del caso:

El Fallo
Los jueces camaristas dicen en su fallo que si accedieran a exigir que los mencionados sitios borren esa información se estaría violando la constitución nacional. Y apuntan a la jueza para decir "punto éste que no ha sido abordado por la jueza a quo".
Este dato (que también fue un aporte invalorable del CELS en su amicus a favor de Gastaldi), es clave para preguntarse lo que motivó a la jueza Aranguren a fallar en primera instancia a favor de Quevedo y en contra de la Constitución Nacional.
Al respecto el fallo es tan categórico que señala "que no solo involucra a los accionados, sino también a la sociedad en general, puesto que la noticia objetada tendría vinculación con cuestiones de interés público". Vaya si interesa al público que una persona a la que designan juez, defendió a militares torturadores y asesinos.
Y agregan los camaristas "La libertad de expresión -en especial, la de indagar y difundir informaciones- constituye un pilar axial y liminar del sistema republicano".
Asimismo y en consonancia con nuestro planteo ante la justicia, la Cámara reconoce "la imposibilidad de traer un documento firmado en la era digital". En rigor, la chicana minúscula con la que el abogado Beberán (supuesto especialista en habeas data) pretendía derrotar el derecho constitucionalísimo de la sociedad a estar informada, así como la libre expresión.
Puntillosamente también, los camaristas dan cuenta de algo que la jueza pasó por alto, pese a que DiarioJunio se lo hizo saber en su escrito, esto es, que sí a alguien debía reclamarle la firma de puño y letra de Quevedo era a los sitios donde supuestamente la había estampado. La jueza que también paso por alto ese "detalle", recibió la respuesta de los camaristas que señalan en su falo que "los dueños de los sitios donde se publicaron las firmas de Quevedo, no fueron encontrados y Cancillería aseguró que esas páginas no estaban registradas en Argentina.
Asimismo y a diferencia de la jueza Aranguren, los camaristas dicen textual que ""Es presupuesto indispensable para que opere la figura jurídica del hábeas data que el dato suministrado sea falso o inexistente; en el caso de autos, no surge en forma clara y concluyente –conforme la prueba acompañada–la inexactitud o falsedad del mismo".

Aunque no lo crea la jueza había ordenado…
"…a los fines de que dentro del perentorio plazo de diez (10) días, realicen todos los actos necesarios -utilizando los medios técnicos, humanos y económicos que se requieran- para eliminar y/o bloquear toda posibilidad de que por medio de sus buscadores pueda accederse al contenido de los blogs que poseen información falaz respecto al accionante -Sr. Julián Genaro Quevedo- en relación a su presunta suscripción de una solicitada del 2002, titulada "Apoyo de las FFAA, Seguridad y Policiales" y un pedido en el año 2003, dirigido al Presidente de México, exigiendo la inmediata libertad de Ricardo Cavallo y su seguro regreso a la Argentina y/o suprimir de sus sitios la misma…".
"…en tanto violenta en forma ostensible sus derechos al honor, a la reputación personal y a su dignidad, constitucionalmente resguardados…"

El aporte Amicus… que la Cámara recibió en mayo 2014
El ejercicio del hábeas data fue reglamentado por intermedio de la ley 25.326 en noviembre del año 2000. El texto del amicus le ofrece al tribunal de alzada el dato que tira por tierra todo el planteo y el fallo. Transcribe el último párrafo del artículo 1 de la citada ley : 'En ningún caso se podrán afectar la base de datos ni las fuentes de información periodísticas'.

El Amicus nos remite al debate de los constituyentes al incorporar ese párrafo
El contundente texto no solo reproduce el artículo sino que va más allá, reproduce las actas del debate constitucional Dice… 'si analizamos la voluntad de los constituyentes cuando se trató el habeas data en la convención constituyente de 1994, finalmente incorporado en el artículo 43 de la norma base, podemos apreciar claramente la firme intención de excluir a los medios de comunicación de los alcances de sus disposiciones'.

Diario de sesiones…
"Sr. Torres Molina.- Señor presidente: propongo que al final del artículo se agregue un párrafo que diga:" En ningún caso se podrán afectar la base de datos ni las fuentes de información periodísticas.
Esta propuesta se funda en la protección constitucional que tienen los medios de prensa, y el objetivo es el de dejar claramente establecido que las cláusulas de esta ley no tendrán aplicación respecto de los medios de prensa.
El artículo 14 de la Constitución establece el derecho de publicar las ideas sin censura previa. El artículo 32 prohíbe al Congreso de la Nación dictar leyes que restrinjan la libertad de imprenta, es decir, la libertad de expresión. El artículo 43 que estamos reglamentando expresamente protege las fuentes de información periodística. El artículo 13 del Pacto de San José de Costa Rica dice que no se puede restringir la libertad de expresión por ningún medio autorizado, y también esos principios aparecen en el artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
Estas normas de contenido constitucional han definido a la libertad de prensa como una libertad estratégica protegida por la Constitución y que está sujeta a responsabilidades ulteriores.
En consecuencia, los errores que pueda cometer la prensa en sus afirmaciones tienen el camino de la rectificación a través de los propios códigos o normas de ética de los medios periodísticos; mediante el ejercicio del derecho de rectificación o respuesta consagrado por el Pacto de San José de Costa Rica; a través de las querellas por calumnias e injurias, que pueda iniciar la persona que se siente afectada por las afirmaciones de la prensa y, finalmente, por las acciones de daños y perjuicios que puedan promoverse contra la prensa; pero eso a partir de las responsabilidades posteriores a las comunicaciones que pueda efectuar el medio de prensa.
En definitiva, queremos con este agregado dejar claramente establecido que la norma en debate no se aplica a los medios de prensa.

¿Qué dice la comisión a la propuesta del señor diputado Torres Molina?
Sr. Soria.- Señor presidente: creo que los argumentos vertidos por el señor diputado Torres Molina son por demás contundentes, ya que ese es el espíritu que tuvo la comisión en estos últimos días, cuando volvimos a analizar el faltante que registra este texto nuevamente consensuado. Hablo de faltante porque -en el artículo 2° de la norma que hace tres años sancionó esta Cámara de Diputados no solamente estaba contemplado sino que estaba ampliado el concepto que hoy incorporamos al final del artículo 1°.
No hace falta reiterar lo que establecen claramente los artículos de nuestra Constitución mencionados por el señor diputado Torres Molina, ni tampoco lo señalado por el Pacto de San José de Costa Rica.
Simplemente con estos argumentos, la comisión acepta esta modificación al final del artículo 1° y propone que se vote afirmativamente el artículo con esta corrección.
Sr. Presidente (Pascual).- La Presidencia desea saber si vamos a votar todos los artículos de forma mecánica o si lo haremos a mano alzada.
Sra. Carrió.- La propuesta es votar todos los artículos de manera mecánica, para que quede constancia.
Sr. Presidente (Pascual).- Se va a votar por el sistema mecánico el artículo 1°.
-Conforme el tablero electrónico, resulta afirmativa de 145 votos; votan 148 señores diputados sobre 152 presentes".
En otras palabras esto es lo que debió saber la jueza Aranguren antes de emitir este fallo dañino a los intereses de la sociedad. De allí que el amicus remata diciendo 'del análisis de la sentencia surge la errónea aplicación que hace el a quo de este instituto".
Vale destacar que los camaristas y al finalizar el año, enmiendan el grosero "error" y mejoran la imagen de la justicia federal entrerriana que, vaya a saberse porqué, falló en contra de lo que estipula la constitución, nada menos.
Fuente: DiarioJunio
Ver anteriores: Un fallo contra la libertad de expresion: La FATPren exige justicia para el periodista entrerriano Claudio Gastaldi; Senadores de Entre Ríos "repudió" el fallo de la jueza Aranguren contra DiarioJunio, El CELS presentó un "amicus" curiae para que se le permita intervenir en juicio contra un diario

Publicar un comentario

Artículo Anterior Artículo Siguiente